MODIFICACION DELEGACIONES GENERICAS

Ayuntamiento de Canjáyar

Secretaría

Pleno - Delegación de Competencias - Mandato 2019/2023

Publicado: 30/01/2020




EDICTO




D. JUAN JOSÉ ROMERA RODRÍGUEZ, Alcalde del Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar (Almería)
HACE SABER: Que a efectos de lo establecido en el artículo 44.2 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica para general conocimiento el DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13/2020 de fecha 14 de enero de 2020. Asunto: Modificación Delegación de competencias, que literalmente se transcribe:

“Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019 y habiéndose procedido con fecha 15 de junio de 2019 a la constitución de la nueva Corporación Local, se estimó procede diseñar el nuevo régimen de organización y funcionamiento de este Ayuntamiento, y para una mayor eficacia en la gestión, se consideró conveniente efectuar delegaciones genéricas en los Concejales de la Corporación, mediante el Decreto de Alcaldía 177/2019 de fecha 2 de abril.
Como consecuencia de los cambios en la composición de la Corporación municipal resulta necesario volver a diseñar un nuevo régimen de organización y efectuar nuevas delegaciones genéricas en los Concejales de la Corporación.
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales
RESUELVO
Primero.- Otorgar las delegaciones genéricas que se señalan a favor de los/as concejales/as siguientes:
D. JAVIER RODRÍGUEZ ROS:Fomento, Juventud, Cultura y Deporte.
D. DAVID ROMERA GÓMEZ:Urbanismo, Vivienda, Medio Ambiente y Turismo.
Dª. FRANCISCA ROMERO ABAD:Servicios Sociales y Participación Ciudadana.
Estas delegaciones genéricas conllevan la facultad de dirigir los servicios correspondientes así como la de gestionarlos, excluida la facultar de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Las áreas de Hacienda, Administración Local, Personal, Nuevas tecnologías, Festejos y Extinción de Incendios quedan en la competencia de la Alcaldía.

Tercero.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa, indicándoles el deber que tienen de mantener informada a esta Alcaldía del ejercicio de sus funciones delegadas.

Cuarto.- Del presente Decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose a los designados y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma del mismo.”

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.
EL ALCALDE,
Fdo.: D. Juan José Romera Rodríguez








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